El modelo de vida actual está haciendo aumentar la demanda y la producción de aparatos eléctricos y electrónicos de consumo diario (doméstico, en oficinas, profesional, etc.). Al ritmo actual, se prevee que la generación de residuos de estos aparatos se duplique en un futuro próximo, hasta los 12 millones de toneladas.
Tanto la producción de estos aparatos como la eliminación de sus residuos lleva asociada una problemática ambiental y sanitaria. Para su fabricación se necesitan grandes cantidades de energía y de materias primas, algunas muy perjudiciales tanto para el medio ambiente como para el ser humano. Algunos de los componentes con mayor impacto son los materiales ignífugos bromados y los metales pesados como el cadmio, el cromo, el plomo, el níquel y el mercurio.
Por otro lado, más del 90% de los residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) son eliminados mediante la incineración o por deposición en vertederos, tratamientos que no implican procesos de descontaminación ni de recuperación, y que suponen importantes riesgos ambientales y un desperdicio de recursos. En la incineración se liberan gases contaminantes que provienen de la combustión del PVC de los AEE.
La lixiviación y filtración de sustancias peligrosas, la vaporización de gases y los incendios incontrolados son los principales impactos ambientales de la deposición en vertederos.
La Directiva Europea sobre RAEE introduce la responsabilidad de los productores, reorganiza las funciones de los agentes implicados en la gestión de estos residuos y establece una recogida y un reciclaje obligatorios.
Directiva RAEE
La publicación del Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, establece en su Disposición adicional primera la obligación de que todos los productores de aparatos eléctricos y electrónicos se inscriban en la Sección Especial del Registro de Establecimientos Industriales (REI), creado por Ley 21/1992, de 18 de julio.
Esta directiva engloba a los residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos, sus materiales, componentes, consumibles y subconjuntos que los componen, procedentes tanto de hogares particulares como de usos profesionales.
¿Qué se entiende por aparato eléctrico y electrónico?
Un aparato electrónico consiste en una combinación de componentes electrónicos organizados en circuitos, destinados a controlar y aprovechar las señales eléctricas. Podemos simplificar esto como aparatos que necesitan para funcionar una corriente eléctrica o un campo electromagnético, con una tensión nominal de funcionamiento inferior a 1.000 V en corriente alterna y 1.500 V en corriente continua. Si bien estos aparatos tienen como objetivo principal mejorar nuestra calidad de vida, los residuos que generan, una vez finaliza su vida útil, pueden convertirse en una importante carga ambiental para la sociedad, si su gestión no es la adecuada, o pueden generar nuevas materias primeras y generar riqueza, si se opta por su reciclaje.
¿Cuántos tipos de RAEE existen?
De acuerdo con la legislación se distinguen los siguientes tipos de RAEE:
- Grandes electrodomésticos
- Pequeños electrodomésticos
- Equipos de informática y telecomunicaciones
- Aparatos electrónicos de consumo
- Aparatos de alumbrado
- Herramientas eléctricas o electrónicas (excepto herramientas industriales fijas permanentemente, de gran envergadura e instaladas por profesionales)
- Juguetes y equipos deportivos o de tiempo libre
- Aparatos médicos (excepto los productos implantados e infectados)
- Instrumentos de vigilancia o control
- Máquinas expendedoras
Los AEE afectados por la normativa están debidamente identificados con un símbolo establecido por la norma UNE-EN 50419.
¿Cómo se gestionan los RAAE?
Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se gestionan según lo dispuesto en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero. Dicho Real Decreto impone las obligaciones que competen en esta materia a los productores de estos aparatos, así como a los distribuidores, ciudadanos y a las administraciones públicas.
¿Quiénes son considerados productores de aparatos eléctricos y electrónicos?
Son productores las personas físicas o jurídicas que, con independencia de la técnica de venta utilizada, incluidas la venta a distancia o vía Internet:
- fabriquen y vendan aparatos electrónicos con sus marcas propias.
- vendan aparatos con su propia marca, aunque hayan sido manufacturados por otros fabricantes.
- importen o exporten estos aparatos a terceros países.
¿Quiénes son considerados distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos?
Un distribuidor es cualquier persona que suministre aparatos eléctricos y electrónicos, en condiciones comerciales, a otra persona que sea usuario final de dicho producto.
El Distribuidor puede convertirse en Productor, en caso de que el producto que venda o suministre, carezca de identificación del Fabricante o en caso de que el Fabricante no esté inscrito en el Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal. Por ello el Distribuidor debería asegurarse de que cada Productor esté inscrito en el Registro, de que ha declarado su condición de Productor ante la Comunidad Autónoma y de que pertenece a un SIG Autorizado.
¿Qué papel cumple el distribuidor?
Su principal obligación consiste en decepcionar temporalmente el residuo, es decir, en aceptar la entrega de un producto viejo cuando vende uno nuevo de tipo equivalente o de igual función, sin coste para el último poseedor. El distribuidor los entregará luego al gestor designado por el productor que le abastece.
Puesto que el distribuidor es el último eslabón que existe entre el productor y el consumidor, es recomendable que facilite la información que proceda de los productores sobre el reciclado y los sistemas de recogida y gestión.
¿Qué tiene que hacer un instalador con los residuos que genere al realizar su actividad?
En el caso de que un instalador profesional realice la sustitución de un aparato eléctrico o electrónico, podrá hacerse cargo de los residuos y entregarlos al mayorista al cual compró el conjunto de aparatos nuevos que instaló, que adquiere aquí la figura del vendedor, y por tanto debe recibirlos y proceder a su gestión.
¿Qué ha de hacer el consumidor o usuario?
Los usuarios de RAEE utilizados en sus hogares deberán entregarlos, cuando se deshagan de ellos, para que sean gestionados correctamente. Los consumidores que adquieran un nuevo AEE asumirán el coste de su gestión al final de su vida útil. Dicho coste estará repercutido y reflejado en la factura del producto.
Recogida de los AEE
La recogida de RAEE se articula en base a tres puntos básicos de recogida y almacenamiento, que son:
- Puntos Limpios y otros puntos municipales, donde los usuarios pueden entregar sus RAEE.
- Almacenes propios de las empresas de distribución.
- Centros de Agrupación de Carga (CAC) habilitados por ECOTIC, que recepcionan los RAEE de los Puntos Limpios y de los distribuidores, previamente a su transporte a las empresas recicladoras.
Cuando un RAEE viene de un hogar
- Deberán entregarlos, cuando se deshagan de ellos, para que sean gestionados correctamente. La entrega será, al menos, sin coste para el último poseedor.
- En caso de que el usuario adquiera un nuevo producto, que sea de tipo equivalente o realice las mismas funciones que el aparato que se desecha, podrá entregarlo en el acto de la compra al distribuidor, que deberá recepcionarlo temporalmente.
- Las entidades locales deben de crear y gestionar los puntos limpios parea la recogida de los hogares de los RAEE.
Cuando un RAEE no viene de un hogar
- El productor será responsable de la gestión de sus residuos.
- Los productores establecerán sistemas para la recogida selectiva de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que no procedan de los hogares particulares y para que sean transportados a los centros de tratamiento autorizados
- Mediante acuerdos voluntarios, las entidades locales o sus agrupaciones podrán recepcionar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos no procedentes de hogares particulares, sin coste para ellas. La recepción se realizará de manera diferenciada al resto de residuos urbanos y en la forma que establezcan las correspondientes ordenanzas municipales.
¿Dónde se han de llevar los RAEE?
Los de uso doméstico se pueden trasladar a un Punto limpio, o al distribuidor, que tiene la obligación de recogerlo sin coste alguno, siempre que el cliente le compre un aparato de similares funciones. Los de uso profesional serán retirados por un gestor autorizado, o bien serán entregados a la casa donde se compre un aparato nuevo que realice funciones similares.
¿Qué es un SIG o sistema Integrado de Gestión?
Las siglas SIG se refieren al concepto “Sistema Integrado de Gestión”. Se trata de entidades constituidas sin fin de lucro, participadas por los productores de aparatos electrónicos y cuyo objetivo principal es la creación de una estructura organizativa que responda a las necesidades de gestión de los RAEE.
En la actualidad existen diversos SIG que están especializados en cada una de las categorías de aparatos eléctricos y electrónicos que regula el R.D. 208/2005. Entre ellos están: ECOLUM, AMBILAMP, ECOLEC y ECOTIC.
¿Cómo se financia el SIG?
Un SIG se financia a través de la ECORAEE, que es el «extra coste» que se destina a financiar la gestión de los RAEE. Esta ECORAEE o “extra coste” debe considerarse como una variable más que actúa sobre el precio global del producto, por lo cual se le aplica el IVA correspondiente. La ECORAE no es negociable para ningún producto, inclusive en pronto pago, y ninguna persona física o jurídica, empresa o institución está exenta de su pago.